• Last Modified: Wednesday 20 November 2019, 14:28:08.

Redes privadas de datos: “Nanos” y cables le paren nombres al espectro

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nanoLas Tunas.- Cada vez falta menos tiempo para la entrada en vigor de los reglamentos de redes privadas de datos y sistemas inalámbricos de alta velocidad y en esta provincia del oriente cubano se preparan las instituciones encargadas de hacerlas valer, mientras prosigue el debate en torno a un asunto que compete a un público específico, pero muy conocedor.

“Por primera vez a las personas naturales se les da la posibilidad de establecer redes privadas de datos tanto alámbricas como inalámbricas”, destaca Liliana González Pupo, directora territorial de la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico (UPTCER), perteneciente al Ministerio de Comunicaciones (Mincom). Dicha institución, que garantiza la soberanía del espectro radioeléctrico y gestiona el proceso de permisos asociado a los sistemas y servicios de telecomunicaciones, en las últimas semanas ha visto crecer mucho su actividad, en tanto a partir del 29 de julio tendrá sobre sí la responsabilidad de otorgar las licencias de operación previstas en las resoluciones 98 y 99 del 2019 del Mincom.

TODO BAJO REGLAMENTO

Hasta el momento, solo las entidades estatales podían tener los comúnmente llamados “nanos”, esos equipos inalámbricos que permiten establecer redes para la transmisión de datos en una zona específica; estas además, eran las autorizadas, de manera exclusiva, a establecer conexiones alámbricas mediante el tendido de cables conectados a un equipo de red o switch.

liliana gonzalez pupoAhora, insiste González Pupo, el Estado les permitirán hacer algo similar a las personas naturales, pero bajo ciertas condiciones. Lo que se trata, indica, es de ordenar el uso de estos dispositivos y darles a los residentes luz verde para tener tal tipo de redes, por ejemplo, en el interior de sus viviendas, práctica que siendo sin fines de lucro, no necesitará de licencia. No obstante, aclara, cuando esta red sobrepase el interior del inmueble y requiera colocar una antena o cableado exterior, entonces sí llevará la correspondiente licencia.

“La red LAN, amplía la directiva, puede ser alámbrica siempre que no cruce la vía pública. Si nos ubicamos en la ciudad, tiene que estar dentro de la manzana donde habita el que tiene el nodo de la red autorizada; y en caso de ser inalámbrica hasta donde alcancen los 100 miliwatts (mW), que se corresponden con aproximadamente 400 metros en espacio libre, es decir, sin obstáculos, si no es menor la distancia”.

Quien camine por las calles cubanas sabrá que este tipo de redes preceden a las resoluciones emitidas por el Ministerio de Comunicaciones, pero la aparición de estos cuerpos legales no significa su legalización automática, advierte Omar Ramadán Ferreiro, director de la Oficina Territorial de Control (OTC).

omar ramadanLo que se trata, afirma, es de llenar un vacío legal que estaba poniendo en riesgo la estabilidad del espacio radioeléctrico nacional. “Cuando estas redes son exteriores es preciso la licencia porque están haciendo uso del espectro radioeléctrico que es un bien sobre el cual el Estado cubano ejerce su soberanía”, señala. Como ente igualmente adscrito al Mincom, la OTC, añade, es “la contraparte de la UPTCER y estamos encargados de controlar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones vigentes en las materias de telecomunicaciones, radiocomunicaciones, informática, postal y automática, así como el cumplimiento del programa de informatización de la sociedad”.

Ramadán Ferreiro hace una distinción importante: "No se permite la interconexión entre redes de forma física, solo esta conexión mediante los servicios previamente hospedados por el proveedor de servicios públicos, que en este caso es Etecsa. Para ello, las personas naturales están amparadas por la Resolución 55/2009 Reglamento del proveedor de servicios públicos de arrendamiento, hospedaje y aplicaciones, permitiéndoles contratar con esa empresa los servicios que deseen hospedar en los centros de datos pertinentes".

De igual modo, subraya que "los propietarios de una red LAN, previa declaración de la cantidad de usuarios, que cumplan con las características especificadas en las resoluciones, sí podrán facilitar el acceso a la red de Etecsa, pero no proveer el servicio de navegación en Internet. Eso significa que lo que se estará dando es el acceso al portal Nauta".

Advierte que "cuando el titular de la red vaya a solicitar su licencia tendrá que declarar además de sus datos personales, con qué equipamiento estarán conectados sus usuarios, porque será él quien responderá por cualquier violación que se cometa dentro de su red, ya sea de índole técnico o de difusión de contenidos no permitidos por las resoluciones".

OPORTUNIDADES Y DEBATE

Sin que haya llegado todavía el 29 de julio, ambos directivos confirman que a sus instituciones se han dirigido varias personas interesadas en conocer más sobre los alcances y características de las normas. Ellos reiteran que las autorizaciones para utilizar la antena en exteriores y las licencias de operador de red privada podrán obtenerse por dos canales: a través de un formulario en línea que colocarán en el sitio web del Mincom (www.mincom.gob.cu), o en la sede de la UPTCER, que en el caso de Las Tunas se ubica en la avenida Carlos J. Fínlay (sin número), a medio camino entre el hospital Ernesto Guevara y el edificio que comparten el periódico 26 y la unidad empresarial de base, gráfica Alejo Carpentier.

Paralelamente, estas resoluciones serían una oportunidad para que los representativos del sector privado agreguen un valor a sus servicios montando redes, que les posibiliten a sus clientes acceder al portal de navegación en Internet provisto por Etecsa. Sin embargo, aclaran los expertos de la UPTCER y la OTC, toda tramitación de la licencia de redes privadas inalámbricas con antena exterior requerirá que el solicitante sea el propietario del inmueble donde la instalará o de lo contrario, que cuente con la autorización de ese propietario. Este es un requisito particularmente relevante para los cuentapropistas, quienes a menudo arrendan sitios para ejercer sus actividades.

Otras de las posibilidades que se abren es la importación de equipos para el establecimiento de estas redes, siempre y cuando cumplan las regulaciones aduanales y quienes vayan a ingresarlos al país hayan solicitado previamente la autorización técnica a través del portal web del Mincom, por correo electrónico o en la sede de la UPTCER.

Las frecuencias y potencias permitidas es uno de los puntos que ha generado debate. Sobre el particular, los especialistas explican que los límites definidos buscan demarcar con claridad el alcance de las redes y que estas no interfieran con otros servicios y usos que se hacen del espacio radioeléctrico.

Por último, Omar Ramadán Ferreiro, director de la OTC, enfatiza que cuentan con el personal y los medios técnicos necesarios para velar por el cumplimiento de estas resoluciones, que establecen medidas por aplicar a los posibles infractores, las cuales van desde el retiro temporal o permanente de cualquier permiso, autorización o licencia inicialmente otorgados, incluyendo el decomiso de los medios, instrumentos, equipamientos y otros, utilizados para cometer la infracción. (Escrito por István Ojeda Bello)

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